El Tribunal de Justicia de la UE determinará si existe una discriminación indirecta por razones de sexo, lo que abriría la puerta a que unas 400.000 trabajadoras coticen por desempleo

Las reivindicaciones de las empleadas del hogar han llegado hasta el corazón de Europa: el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) determinará si la ley española discrimina de manera indirecta a este colectivo, compuesto casi en su totalidad por mujeres, al no reconocerles la prestación por desempleo. Detrás de esta cruzada hay un nombre: Mariana, una trabajadora doméstica que en 2019 pidió a la Seguridad Social cotizar por el paro ante un futuro que sentía incierto. La respuesta fue tajante. La normativa se lo prohíbe, a ella y a las casi 400.000 mujeres afiliadas al régimen especial de empleadas del hogar que hay en España.

“Trabajo como una loca. Quiero mis derechos”, zanja Mariana al otro lado del teléfono. Su empleadora, que la contrató hace una década, ha pasado los 80 años de edad y es débil de salud: “¿Y si me quedo en la calle? Tengo casi 50 años, es difícil encontrar trabajo. Quiero cotizar por el paro, pero nosotras no podemos cambiar la ley”.

El actual régimen especial de las empleadas del hogar se aprobó en 2011 para reconocer derechos a un colectivo altamente feminizado y con grandes bolsas de economía sumergida, que era y continúa siendo una de las estampas más nítidas de desprotección laboral. Esta reforma supuso avances, obligando por ejemplo a que se cotice desde la primera hora trabajada y mejorando el acceso a las bajas por enfermedad. Pero aún quedan importantes lagunas por resolver, entre ellas la protección por desempleo, algo que quedó patente con la pandemia, cuando se aprobó un subsidio especial que llegó a muy pocas trabajadoras del colectivo.

El escrito que Mariana entregó a la Seguridad Social, solicitando cotizar por el paro, contaba con el consentimiento de su empleadora. “Le contestaron que la ley española es clarísima: las empleadas del hogar no tienen derecho al desempleo y por eso no pueden cotizar. Se prohíbe de entrada”, resume su abogado, Javier de Cominges, del despacho Vento Abogados&Asesores. Entonces empezó el periplo en los tribunales.

Cominges planteó que la normativa nacional podría violar la ley comunitaria: “Entendimos que puede haber discriminación hacia un colectivo feminizado y el Estado tiene que justificar por qué, ya que en la ley no lo hace”, explica. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vigo elevó la cuestión al tribunal de Luxemburgo, que la ha admitido y ha citado para el próximo miércoles 30 de junio a Cominges, la Seguridad Social y la Abogacía del Estado para la vista oral. El auto menciona dos directivas concretas con las que podría chocar la normativa nacional, relativas a la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social y en asuntos de empleo y ocupación.

“En todos los demás regímenes hay derecho al desempleo. También en el trabajo autónomo se reconoce una prestación análoga, que es el cese de actividad. Y el artículo 41 de la Constitución expresamente regula que se tenga que fraguar una prestación por desempleo”, enumera Cominges. “Es un colectivo específico al que se está negando la prestación, donde casi el 100% son mujeres y muchas de ellas inmigrantes”.

“Desamparo social”

Cominges hace hincapié en la desprotección de las empleadas del hogar. El mismo auto habla de una “situación de desamparo social” cuando pierden el empleo: no solo no tienen derecho al paro; indirectamente, se le niegan otras ayudas sociales vinculadas a ello. El abogado recuerda que el TJUE falló en 2012 que el acceso a la pensión contributiva en España discriminaba a las mujeres, ya que penalizaba los empleos a tiempo parcial donde hay más cantidad de trabajadoras féminas: “Este antecedente nos sirvió, porque la ley no hacía una discriminación directa por sexo”.

La Seguridad Social, por su parte, defiende que aplica la normativa, informa Gorka R. Pérez. Y señala en el auto que la limitación de acceso al desempleo para las trabajadoras domésticas puede deberse a que el empleador no es un empresario, sino “el cabeza de familia en el hogar”. Al contrario, el juez argumenta que aunque la norma sea “aparentemente neutra”, el colectivo está integrado en casi su totalidad por mujeres, muchas de ellas extranjeras. “Lo que se traduce en una discriminación por razón de sexo, negativa, en detrimento del femenino, en el ámbito de la protección social en el empleo, que pudiera estar proscrita por la referida normativa europea”, señala el documento.

Jesús Lahera, catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid, reconoce que la conformación del sector tiene complejidades intrínsecas: “Hay falta de control, un alto porcentaje de economía irregular y unos costes de cotización que tienen que soportar los titulares de los hogares”. Pero considera que existe un problema de fondo. “No hemos logrado un sistema que garantice una cobertura amplia de este colectivo. Y el Estado a lo mejor debería asumir una parte”, reflexiona. “En términos de justicia social, las empleadas del hogar deberían tener acceso al desempleo. Es seguramente la prestación que más necesitan, sin contar la fragilidad añadida de que muchas de ellas trabajan a tiempo parcial”, añade.

Según la Encuesta de Población Activa, en el primer trimestre de 2021 había 556.300 personas empleadas en el servicio doméstico ―479.400 de ellas mujeres―, frente a las 383.405 afiliadas a la Seguridad Social hasta marzo. Es decir, al menos un 30% no estaban contratadas de forma regular. Carolina Elías, presidenta de la Asociación de Mujeres Empleadas de Hogar y Cuidados Sedoac, explica que la falta de acceso al paro es una de las desigualdades más evidentes que deja al colectivo en total desprotección. Pero no es la única.

Inspecciones poco efectivas

Otro momento de la protesta de la semana pasada en Madrid.
Otro momento de la protesta de la semana pasada en Madrid. CÉZARO DE LUCA / EUROPA PRESS

“Es increíble que se siga permitiendo trabajar de interna. En otros países de Europa está prohibido”, asegura Elías: “La ley también permite que se trabajen 60 horas semanales, además del despido por desistimiento, por pérdida de confianza, que se aplica a quienes tienen sueldos elevados, que claramente no es nuestro caso. Y las inspecciones no terminan siendo efectivas por la inviolabilidad del hogar familiar”. Muchas de ellas tampoco denuncian porque residen en España de forma irregular.

Rafaela Pimentel, empleada del hogar y activista en la organización Territorio Doméstico, no tiene dudas: “Es una esclavitud moderna”. Ella se considera afortunada. Lleva más de 20 años trabajando para la misma familia, para la que solo tiene buenas palabras. Pero relata historias de cuasi esclavitud de otras compañeras, con salarios ínfimos, sin derecho a descanso ni contrato. “Las mujeres hemos cuidado toda la vida, remuneradas o no, y el Estado quiere que sigamos haciendo este trabajo por amor, sin ningún reconocimiento. Nos parece que es una cuestión de sexo. Pero vamos a seguir en la lucha para conseguir un reconocimiento de nuestro trabajo y que se pague la deuda con las mujeres que hemos cuidado durante toda nuestra vida”, señala.

Pimentel y sus compañeras llevan años luchando para que se las incluya en el régimen general de la Seguridad Social, una promesa recurrente de los políticos que siempre se ha llevado el viento y que actualmente está prevista para 2023: “Nos han estado dando largas, al igual que con el Convenio 189 de la OIT” sobre el trabajo decente para las empleadas domésticas. Un acuerdo de 2011 que España nunca ratificó, aunque una de las recomendaciones del Pacto de Toledo hace mención directa a ello y a la reforma de la prestación por desempleo para evitar discriminaciones. “El Gobierno dice que es una cuestión de recursos, que los hogares no son empresas y que los empleadores tendrían que pagar más”, explica Pimentel. “Es absurdo. Hemos propuesto al Estado que se haga cargo de políticas públicas de cuidados, para no trabajar la cantidad de horas que hacemos. Hace tiempo que estamos asumiendo una tarea que debería de asumir él”.

Si el TJUE concluyera que la ley española viola la comunitaria, no solo Mariana podría cotizar por el desempleo. El Gobierno se vería forzado a cambiar la normativa, ya que los tribunales de todo el territorio comunitario, España incluida, tendrían que acatar esta interpretación. Su decisión se espera para este año, tras el pronunciamiento del Abogado General de la UE. Mariana se muestra entre incrédula y precavida ante una posible resolución a su favor: “Yo lo he intentado, pero sé que es muy duro cambiar estas leyes. Mi deseo es que a todas las mujeres nos reconozcan los derechos que debemos tener”.

Fuente: El país


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