{"id":6212,"date":"2024-04-19T21:13:03","date_gmt":"2024-04-19T19:13:03","guid":{"rendered":"https:\/\/sermujerytrabajo.es\/?p=6212"},"modified":"2024-04-19T21:23:43","modified_gmt":"2024-04-19T19:23:43","slug":"atascto-en-los-planes-de-igualdad-los-sindicatos-no-dan-a-basto-y-las-empresas-tienen-las-manos-atadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sermujerytrabajo.es\/?p=6212","title":{"rendered":"ATASCO EN LOS PLANES DE IGUALDAD: LOS SINDICATOS NO DAN ABASTO Y LAS EMPRESAS TIENEN LAS MANOS ATADAS"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"6212\" class=\"elementor elementor-6212\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-32ccf48 elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"32ccf48\" data-element_type=\"section\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-f6a481b\" data-id=\"f6a481b\" data-element_type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-2d7b0fd elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"2d7b0fd\" data-element_type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t<p class=\"\">Las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores est\u00e1n obligadas a tener un plan de igualdad desde el 7 de marzo de 2022. No obstante, de las m\u00e1s de 30.000 compa\u00f1\u00edas que deber\u00edan tenerlo, solo hay poco m\u00e1s de 11.000 planes activos inscritos en el registro del Ministerio de Trabajo. Esto significa que solo un tercio de las empresas obligadas a tener estos planes estar\u00eda estar\u00eda ahora mismo cumpliendo la ley, seg\u00fan reflejan las cifras que manejan los sindicatos.<\/p><p class=\"\">\u00bfA qu\u00e9 obedece tanto incumplimiento de la ley de Igualdad en esta materia? La clave est\u00e1 en que la norma exige que estos planes est\u00e9n negociados obligatoriamente entre la empresa y la representaci\u00f3n legal de los trabajadores y, en el caso de que esta no exista, deber\u00e1 llamar a los sindicatos mayoritarios para que estos env\u00eden a sus t\u00e9cnicos a negociar el plan en cuesti\u00f3n.<\/p><p class=\"\">Y son sobre todo estos casos, de empresas en los que no existe representaci\u00f3n legal de los trabajadores, los que, seg\u00fan distintas fuentes patronales y sindicales, est\u00e1n agolp\u00e1ndose y formando un cuello de botella en el Registro de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad (Regcon); o las compa\u00f1\u00edas ni siquiera llegan a intentar inscribirlos, porque los sindicatos mayoritarios no tienen suficientes recursos para atender tantas llamadas de negociaci\u00f3n. Seg\u00fan la ley, las compa\u00f1\u00edas inician la negociaci\u00f3n del plan llamando a los negociadores sindicales y estos tienen 10 d\u00edas para contestar. Pero cuando se trata de una empresa en la que la plantilla no tiene representantes legales, es muy habitual que esa llamada no se conteste a tiempo, por la falta de personal de CC OO y UGT dedicado a esto.<\/p><p class=\"\">\u201cEn esos casos muchas empresas pasan meses llamando a los sindicatos para iniciar la negociaci\u00f3n y si no reciben respuesta suelen reiterar la llamada y, si sigue sin resultados, algunas optan por crear una comisi\u00f3n<span>\u00a0<\/span><i>ad hoc<\/i><span>\u00a0<\/span>entre los trabajadores y negociar el plan de igualdad con ellos. Pero cuando despu\u00e9s van registro del Ministerio de Trabajo los funcionarios les impiden inscribir el plan porque no se ha negociado ni con la representaci\u00f3n sindical ni con los sindicatos mayoritarios\u201d, explica Daniel Cifuentes, socio de Laboral de P\u00e9rez-Llorca.<\/p><p class=\"\">El vicesecretario general de pol\u00edtica sindical de UGT, Fernando Lujan, tiene claro que esta situaci\u00f3n se debe a los fallos en el dise\u00f1o de la ley: \u201cA los sindicatos se nos han establecido unas obligaciones sin dotarnos de medios humanos y materiales para llevarlos a cabo\u201d. El n\u00famero dos de la UGT incide en esta ausencia de dotaci\u00f3n y cuenta que este sindicato ha calculado que el coste de todas las horas empleadas por sus t\u00e9cnicos para negociar estos planes \u2014\u201cvalorando la hora de trabajo de nuestros negociadores mucho menos que las de los despachos de abogados que contratan las empresas\u201d, precisa Luj\u00e1n\u2014 asciende a unos 15 millones de euros.<\/p><p class=\"\">Mientras que la secretaria de Mujeres e Igualdad de CC OO, Carolina Vidal, niega la mayor y dice que \u201cno hay tanto atasco como mucho por hacer\u201d. Aunque admite que puedan existir sectores o empresas en los que la ausencia de los negociadores sindicales est\u00e9 retrasando la firma del plan cree que el problema obedece m\u00e1s a la urgencia de las empresas. \u201cMuchas de estas compa\u00f1\u00edas que dicen que no acudimos a su llamada son de gran tama\u00f1o y ya ten\u00edan obligaci\u00f3n de tener estos planes desde el principio de la ley, pero quieren que nos presentemos ahora deprisa y corriendo cuando ellas dicen\u201d, se queja esta sindicalista. Los sectores tecnol\u00f3gicos y de actividades profesionales m\u00e1s cualificadas son los m\u00e1s afectados por este embotellamiento, aseguran fuentes de las consultoras que negocian los planes en representaci\u00f3n de las empresas.<\/p><h3 class=\"\">Sanciones ejemplificantes<\/h3><p class=\"\">En este escenario, la problem\u00e1tica que se presenta es que, toda empresa de m\u00e1s de 50 empleados que no tenga negociado, aprobado y registrado su plan de igualdad se enfrenta a sanciones de la Inspecci\u00f3n de Trabajo. La ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social considera una infracci\u00f3n \u201cmuy grave\u201d no elaborar o no aplicar el plan de igualdad o hacerlo incumpliendo manifiestamente los t\u00e9rminos previstos en la norma, lo que lleva aparejado sanciones de que pueden ir de 7.501 euros a 225.018 en su grado m\u00e1s grave. Los tribunales tambi\u00e9n pueden imponer sanciones por este motivo. Uno de los casos m\u00e1s ejemplificantes se conoci\u00f3 a finales del a\u00f1o pasado, cuando la Audiencia Nacional mult\u00f3 a una empresa de prevenci\u00f3n de riesgos laborales al pago de una indemnizaci\u00f3n a los representantes de los trabajadores de de m\u00e1s de 80.000 euros por incumplir la obligaci\u00f3n de elaborar un plan de igualdad para su plantilla, pese a que los sindicatos intentaron negociarlo durante tres a\u00f1os. Adem\u00e1s, la empresa deb\u00eda de pagar 144,68 euros por cada d\u00eda que pasara sin aprobar el plan.<\/p><p class=\"\">Si bien, en ocasiones, no son ni siquiera estas sanciones la principal preocupaci\u00f3n de muchas empresas sino el hecho de que la ausencia de plan de igualdad inscrito en el registro oficial de Trabajo es una causa que impide a las compa\u00f1\u00edas optar a concursos p\u00fablicos o a algunas subvenciones al empleo, apuntan tanto desde el lado empresarial como desde el sindical. Es m\u00e1s, Cifuentes explica que tambi\u00e9n se dan situaciones en las que el apremio por acordar el plan de igualdad para poder optar a un concurso de la Administraci\u00f3n, por ejemplo, es utilizado por la parte sindical para sacar adelante otras negociaciones en la empresa, como puedan ser las de un convenio colectivo.<\/p><p class=\"\">Son todas estas circunstancias las que han llevado a varias empresas a impugnar la decisi\u00f3n administrativa que les ha impedido el registro de sus planes en el Ministerio de Trabajo, judicializando as\u00ed muchas de estas negociaciones. Pero ha sido una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc\u00eda de enero de 2023 la que gener\u00f3 un antes y un despu\u00e9s en esta pol\u00e9mica, que afecta sobre todo a las empresas sin representaci\u00f3n legal de los trabajadores. Este fallo abri\u00f3 la puerta a que estas compa\u00f1\u00edas s\u00ed puedan inscribir sus planes en el registro del Ministerio de Trabajo tras negociarlos con una comisi\u00f3n<span>\u00a0<\/span><i>ad hoc<\/i>, creada en el seno de la empresa para ese fin. Hasta esa fecha, la jurisprudencia \u2014incluida un pronunciamiento del Tribunal Supremo en enero de 2021\u2014 hab\u00eda rechazado expresamente la creaci\u00f3n de estas comisiones finalistas.<\/p><p class=\"\">Adem\u00e1s, otro fallo judicial, esta vez del TSJ de Madrid, tambi\u00e9n constat\u00f3 el pasado a\u00f1o la existencia de un bloqueo en la negociaci\u00f3n en otra empresa en la que los sindicatos mayoritarios no hab\u00edan respondido a la llamada de la compa\u00f1\u00eda y el tribunal determin\u00f3 que esta \u00faltima no ten\u00eda que seguir haciendo llamadas reiteradas hasta ser respondidos. En cualquier caso, estos pronunciamientos judiciales est\u00e1n recurridos y pendientes de la resoluci\u00f3n del Tribunal Supremo, que de confirmar esta tendencia podr\u00eda cambiar mucho estas negociaciones, apuntan desde el despacho G\u00f3mez- Acebo y Pombo.<\/p><p><a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2024-04-19\/atasco-con-los-planes-de-igualdad-los-sindicatos-no-dan-abasto-y-las-empresas-tienen-las-manos-atadas.html#\">Fuente<\/a><\/p>\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores est\u00e1n obligadas a tener un plan de igualdad desde el 7 de marzo de 2022. No obstante, de las m\u00e1s de 30.000 compa\u00f1\u00edas que deber\u00edan tenerlo, solo hay poco m\u00e1s de 11.000 planes activos inscritos en el registro del Ministerio de Trabajo. 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