Perspectiva de género aplicada a pensión de viudedad para pareja de hecho

El Tribunal Supremo en sentencia de 14 de octubre de 2020 reconoce el derecho a la pensión de viudedad establecida para las parejas de hecho, a una mujer que cumple todos los requisitos exigidos salvo el de convivencia, al haber cesado esta a causa de la violencia de género. El TS efectúa una interpretación de la LGSS con perspectiva de género ya que no es exigible el requisito de convivencia entre los miembros de la pareja cuando concurre violencia de género.