El Instituto de la Mujer publica un Manual para elaborar un Plan de Igualdad. En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajados se debe elaborar res, un plan de igualdad. que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. Sin perjuicio de enunciado anteriormente, las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea aplicable, y en los términos previstos en el mismo.
La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores.
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