El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que un convenio colectivo nacional puede reservar a las madres un permiso adicional de maternidad. Esta decisión establece un requisito: que se demuestre que su finalidad es proteger a las trabajadoras de las consecuencias del embarazo y en relación con su maternidad.
El sindicato francés CFTC impugna la negativa de la CPAM a reconocer al padre de un niño el permiso que se concede a las trabajadoras que crían a sus hijos ellas mismas, previsto en el convenio colectivo del personal de los organismos de seguridad social.