DESPIDO DISCIPLINARIO. EMPLEADA DEL HOGAR. VALIDEZ DE LA PRUEBA DE VIDEOVIGILANCIA. Concurrencia de importantes intereses a proteger que justifican la ausencia de información previa respecto a la instalación por parte del empleador de una cámara de videovigilancia. Aplicación de la STEDH 17 de octubre de 2019 (López Ribalda II) según la cual en determinadas circunstancias se admite que la empresa no advierta al trabajador de la existencia ni del emplazamiento de determinadas cámaras de videovigilancia, de manera que esa ausencia de información no ha de conducir necesariamente a la no toma en consideración de la prueba de videovigilancia que sustenta la sanción al trabajador y acredita el incumplimiento y su autoría. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina. STS nº692/2022 Social 22/07/2022
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