NUEVOS PERMISOS VINCULADOS A LA CONCILIACIÓN

M. Begoña García Gil

Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad Rey Juan Carlos

El Gobierno de España ha aprobado este martes tres permisos de cuidados para hacer frente a «la emergencia de conciliación» que sufre España, según ha asegurado la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.

Los permisos aprobadas, ya estaban incluidos en la ley de familias paralizada a causa del adelanto de las elecciones generales. Los tres permisos se regulan en el Real Decreto-ley de medidas anticrisis que se publicará mañana en el BOE.

El primero de los permisos se refiere a un permiso de cuidado de cinco días al año, retribuidos, que se podrá emplear tanto en caso de accidente como de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo. Se podrá utilizar para un familiar de hasta 2º grado y también para un conviviente.

El segundo de los permisos  se denomina permiso “por causa de fuerza mayor”, que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta cuatro días al año. Se trata de un permiso novedoso de carácter retribuido y que tiene por objeto facilitar a los progenitores ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares de urgencia.

El tercero y, último,  es un permiso parental de ocho semanas intransferible. Este podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla ocho años.

En otro orden de cosas, también se encontrarán novedades en materia de adaptación de jornada en personas trabajadoras con dependientes a cargo que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado u otras personas dependientes cuando convivan en el mismo domicilio.

Se ha ampliado igualmente el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.

Así mismo, las parejas de hecho tendrán 15 días de permiso por matrimonio de la misma forma que las que se unen por matrimonio