Una empleada del hogar trabajando.© ISTOCKPHOTO THINKSTOCK

No estar dadas de alta en la Seguridad Social, bajos salarios o sin descanso semanal. Son algunas de las irregularidades a las que se enfrentan las empleadas del hogar, hoy es su día Internacional para visibilizar su trabajo. En España, el trabajo doméstico representa menos del 2%; la mayoría son inmigrantes, con un alto porcentaje de internas.

Son requeridas para hacerse cargo de mayores o de personas con discapacidad. La realidad y la legislación vigente no están del todo equiparadas; incluso hay lagunas. Lo perciben en la asesoría jurídica de la Casa de la Mujer de Zaragoza. Sira Hernáez, una de sus abogadas, explica que «en el contrato se debería estipular el número de horas que van a trabajar, si van a pernoctar en el domicilio o la retribución salarial».

«Cuando vienen a la asesoría a consultar, se les informa en ese sentido, que todo tiene que estar debidamente establecido». Sin embargo, «es cierto que la ley no obliga a que sea un contrato escrito pero sí que obliga a que las condiciones esenciales del contrato estén formuladas por escrito», continúa Hernáez.

Irregularidades

Entre las irregularidades, la más común es que no están dadas de alta en la Seguridad Social, pero no es la única, «desde personas que están trabajando y no les pagan el salario a las personas que no tienen los descansos que hay establecidos, como puede ser el descanso semanal o el descanso entre una jornada y la siguiente».

Ciertamente es muy complicado la distancia que hay entre la regulación y la realidad cuando esa persona está viviendo en el mismo domicilio donde trabaja; es muy difícil finalizar esa jornada laboral». También llegan reclamaciones «por los tratos recibidos dentro del ejercicio de su trabajo».

Cambios legislativos

Una de las últimas modificaciones de la normativa, en 2022, permite su cotización a la jubilación y el desempleo. Además, regula la extinción de los contratos, con tres supuestos, como disminución de ingresos, variación en las necesidades o pérdida de confianza. Estos motivos deben ser justificados. La indemnización de 12 días por año trabajado.

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