El envejecimiento de la población, unido a los cambios demográficos y sociales, plantea un problema en la sociedad actual. Según las proyecciones realizadas por el INE las personas mayores de 65 años supondrán alrededor del 27,4% de la población total estimada en el 2040.

La Ley 39/2006 configuró los cuidados de larga duración como el cuarto pilar de La Economía del Bienestar y estableció un marco estable de protección al configurar la atención a la dependencia como derecho subjetivo universal. Ya en el preámbulo, la Ley recoge la necesidad de que los poderes públicos respondan adaptando el modelo de cuidados a una sociedad en cambio cuyo modelo tradicional de atención al dependiente se basaba en el apoyo informal de las familias, especialmente, las mujeres.

Desde el punto de vista de las políticas públicas, la situación constituye un reto porque la respuesta definirá la sociedad que queremos construir. Actualmente en muchos países europeos se fomenta el cuidado de las personas dependientes en un entorno de proximidad. Los países nórdicos, que tradicionalmente tenían elevadas tasas de atención residencial, plantean la necesidad que los modelos se centren en las preferencias de los dependientes, dentro de lo que se denominan modelos de ”atención centrada en la persona”, que ponen énfasis en la flexibilidad y adaptación al usuario.

En España el ministro de Derechos Sociales junto a la vicepresidenta Yolanda Díaz han presentado una estrategia estatal que se aprobará en Consejo de Ministros para cambiar el modelo de cuidados de forma que se prime la atención a domicilio y la dignificación del cuidado, tanto para la personas que reciben los cuidados como para quien los proveen, de forma que las condiciones laborales de las trabajadoras del sector de los cuidados mejoren.

Sin duda, esta propuesta supone dotar al sistema de la necesaria financiación, que desde el principio ha supuesto un factor limitativo de la oferta

de servicios, para que el modelo de cuidados no se base en el aumento del cuidado informal por parte de las familias y una “refamiliarización” de la atención a la dependencia.

La atención en un entorno de proximidad, que encuentra un claro respaldo legislativo en el artículo 13 de la LAPAD debe llevar aparejados recursos y un planteamiento flexible que permita incrementar las posibilidades de combinación de las prestaciones del sistema a fin de que el usuario reciba una atención más personalizada, en la línea de la propuesta del Real Decreto 675/2023. De esta manera se podría facilitar la combinación de servicios como la teleasistencia, los centros de día y atención domiciliaria para facilitar la permanencia de la persona dependiente en su entorno habitual.

Superado el periodo de implantación de la Ley resulta imprescindible dar prioridad a la inversión para vertebrar una red de servicios públicos suficiente para atender las necesidades de atención y aumentar las posibilidades de elección por parte de la persona dependiente, que actualmente se ven limitadas por la cartera de servicios existente.

Sin duda, la atención centrada en la persona y el modelo de cuidados en un entorno de proximidad y cuya atención se centre tanto en la persona dependiente como en las que trabajan en el sector constituyen una propuesta de alto interés y con una importancia indudable dados los diferentes impactos económicos y de género asociados a la elección del modelo de cuidados.

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