Un tribunal superior francés anula una indemnización por trabajo no declarado, pero reconoce la responsabilidad empresarial por hostigamiento, tras un caso donde una secretaria comercial recibía emails y tareas durante su baja por enfermedad
La justicia francesa ha establecido un precedente significativo al fallar en contra de una empresa que hostigaba con correos electrónicos y exigía la realización de tareas a una trabajadora que se encontraba de baja médica. el Tribunal de Casación, la máxima instancia judicial en materia laboral en Francia, ha determinado que dichas conductas no pueden ser calificadas automáticamente como «trabajo no declarado», pero ha dejado claro que la empresa incurrió en una responsabilidad al vulnerar el derecho del trabajador a la desconexión y al reposo durante una incapacidad temporal, este veredicto sienta una importante delimitación legal sobre los límites de la exigencia empresarial durante periodos de suspensión del contrato.
El caso se remonta a 2019, cuando una secretaria comercial, contratada desde 2007 en una empresa industrial, estuvo de baja por enfermedad en dos periodos distintos, durante esos tiempos, a pesar de tener su contrato de trabajo suspendido y percibir prestaciones de la Seguridad Social, la empleada siguió recibiendo peticiones laborales a través del correo electrónico, incluyendo recordatorios y plazos que cumplir, incluso en días domingos. La trabajadora conservó pruebas de estas comunicaciones, que luego presentaría en el juicio. En octubre de 2020, la empresa decidió despedirla por incapacidad, alegando la imposibilidad de recolocarla, una decisión que la empleada impugnó llevando el caso a los tribunales.
Fuente: Iago Rodríguez
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